PACTO DE HERMANAMIENTO
PACTO DE HERMANAMIENTO
 
   
            Las ciudades de Moral de Calatrava y Cherves Richemont y en su nombre sus ayuntamientos respectivos,
 
            Considerando que un medio para lograr y mantener la armonía entre los pueblos, es la vinculación de afanes e intereses comunes entre ciudades afines de distintas regiones, movidas por el mismo espíritu de paz, libertad y prosperidad,
            Conscientes de los vínculos de amistad y confraternidad que existen entre ambos,
            Convencidos de que  una estrecha e intima colaboración entres los municipios ha de redundar en beneficios espirituales y materiales para ambas ciudades,
            Deseando dar un estado de derecho a sus espontáneas, sinceras e intimas relaciones de hermandad,
            Resueltas a colaborar en común para el mejor logro de estos fines,
           
            Han decidido formalizar el presente pacto con arreglo a las siguientes bases:
  
           BASE PRIMERA
 
            Los ayuntamientos de Moral de Calatrava y Cherves Richemont afirman la unánime decisión de mantener cordiales relaciones de amistad, unión  fraterna hermandad para el progreso, desarrollo y bienestar de ambos pueblos unidos e íntimos deseos de convivencia.
 
            BASE SEGUNDA
 
            Ambas corporaciones municipales, bajo el titulo de ciudades hermanas se comprometen libre y espontáneamente a colaborar para el florecimiento espiritual y material de las localidades, fortaleciendo las efectivas relaciones inspiradas en comunes deseos de paz, amistad y prosperidad.
 
          BASE TERCERA
 
            Las actuaciones serán desarrolladas con arreglo a las siguientes actividades:
 
-         Relaciones sociales,
-         Relaciones culturales,
-         Relaciones deportivas,
-         Relaciones turísticas
-         Relaciones económicas y empresariales.
 
            BASE CUARTA
 
            Los ayuntamientos de Moral de Calatrava y Cherves Richemont fomentaran toda clase de relaciones de carácter social, formulando por intercambio de notas, las actividades objeto de estudio y ejecución que se consideren convenientes.
 
            Facilitaran ambos municipios, dentro de sus respectivas competencias, informaciones, ayudas , relaciones labores y cuantos favorezcan aspectos referentes, problemas de vivienda, enfermedades, ayudas económicas u otras de interés.
 
            Intercambio de niños:
 
a)      Entre familias elegidas por las municipalidades.
b)      Entre colegios y centros de enseñanza
c)      Entre colonias escolares o de vacación.
 
            BASE QUINTA
 
            Ambas municipalidades apoyaran cuantas actividades tiendan al fomento de ambientes culturales en las localidades.
 
            Organizarán en ambas ciudades:
 
a)      Intercambio de conferencias sobre temas considerados de interés.
b)      Intercambio de revistas, publicaciones y elementos de información.
c)      Prestación de libros entre bibliotecas publicas.
d)      Exposiciones de pintura, fotografía, escultura u otras de carácter artístico.
e)      Actuaciones folklóricas, masas corales, agrupaciones musicales, grupos                 folklóricos.
f)       Propaganda de los museos establecidos o que se establezcan en ambas localidades, monumentos históricos y artísticos, etc...
g)      Relación entre organismos representativos de las diferentes profesiones y entidades culturales.
 
            BASE SEXTA
 
            A través de las corporaciones municipales de Moral de Calatrava y Cherves Richemont, se desarrollara el programa de actividades que juzguen conveniente para fomento de aspectos económicos e industriales, sirviendo como guía:
 
a)      Fomento de mercados, de exposiciones y ferias.
b)      Divulgación de productos y elaboraciones de ambos países y fomento de consumo.
c)      Exposición de productos agrícolas y otros elementos de producción.
d)      Información de actividades industriales y artesanales y de las que puedan interesar en la vida de ambos pueblos.
 
           BASE SÉPTIMA
 
            A fin de fomentar el turismo entre las ciudades de Moral de Calatrava y Cherves Richemont, sus ayuntamientos encauzaran sus gestiones para:
 
a)      Formación de programas de excursiones turísticas empleando las organizaciones oficiales.
b)      Favorecerán la reserva de alojamientos buscando la mejor relación calidad precio.
c)      Fomento de transporte de viajeros, organización de rutas turísticas, etc...
d)      Publicidad, carteles, anuncios, programas de las diferentes manifestaciones de interés para las dos ciudades.
e)      Ayuda moral y económica para la creación de una fundación.
 
            BASE OCTAVA
 
            La enumeración de materias a desarrollar por los Municipios de Moral de Calatrava y Cherves Richemont no es limitada, pudiendo agregarse cuantas iniciativas, actividades o asuntos se estimara de reciproco interés.
 
            BASE NOVENA
 
            Garantizarán la puesta en practica de actividades que fundamentan las relaciones de ciudades hermanas la directa intervención de ambas municipalidades, que aprobaran los programas a desarrollar, garantizando igualmente la moralidad de las familias, entidades, organizaciones o colaboraciones que cada una requiera para el cumplimiento de los compromisos adquiridos.
 
            BASE DECIMA
 
            La duración de este pacto de hermandad es ilimitada, con vigencia tanta, cuanta sea la voluntad de ambos municipios unidos en el deseo de tener estrechas relaciones fraternas que acreditaran el sucesivo desarrollo de actividades orientadas al bien y progreso de los pueblos y de la Paz del Mundo.
 
            En testimonio de lo cual firmamos y estampamos el sello de nuestra ciudades.
 
 
                                                                          
El Alcalde de Moral de Calatrava                    El Alcalde de Cherves Richemont